Motivos para colaborar
(Personas físicas - IRPF)
| Límites |
10% de la base liquidable del IRPF. Si se excede el límite: no se aplica en los siguientes ejercicios. |
|---|---|
| Deducción |
Hasta 250€: 80% de la cuota íntegra del IRPF. Resto: 40% de la cuota íntegra del IRPF. Plurianual: Si en los períodos impositivos inmediatos anteriores se hubiesen realizado donativos, por importe igual o superior, en cada uno de los años anteriores, el porcentaje de deducción a favor de la misma entidad que exceda de los 250 euros, será del 45%. |
| Justificación | Certificado expedido per la FURV o la URV |
| Límites | Sin límites |
|---|---|
| Deducción |
100% de la aportación como gasto deducible de la base imponible del IS (incompatible con otros incentivos de la Lley 49/2002) No se considera una prestación de servicios y no está sujeta al IVA |
| Justificación | Convenio escrito e información en la memoria económica |
(Personas jurídicas - IS)
| Límites |
15% de la base imponible. Si se excede el límite se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos i sucesivos. |
|---|---|
| Deducción |
Deducción: 40% de la cuota íntegra del IS. Plurianual: 50% de la cuota íntegra del IS, si la aportación se mantiene durante 2 o más años. |
| Justificación | Certificado expedido per la FURV o la URV. |
| Límites | Sin límite |
|---|---|
| Deducción |
100% de la aportación como gasto deducible de la base imposable del IS (incompatible con el resto de incentivos de la Ley 49/2002) No se considera una prestación de servicios y no está sujeta a IVA |
| Justificación | Convenio escrito e información en la memória económica |